Edicto
Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 444/2010, por sentencia de 30/09/11 se ha acordado la conclusión por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso voluntario de Alba Llanos Díaz, con domicilio en calle Pedro Repide, n.º 5, 2.º D, en Madrid.
2.º Se acuerda el cese del régimen de intervención de facultades sobre la concursada pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, sin perjuicio de la posible reapertura ante la aparición de bienes o derechos.
Madrid, 14 de diciembre de 2011.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
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