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Documento BOE-B-2011-42547

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2011, páginas 105034 a 105034 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-42547

TEXTO

Edicto

Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón por el presente, hago saber:

1.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 311/2011 se ha dictado a instancias de María del Carmen Rodríguez Gracia en fecha 12 de diciembre de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor María del Carmen Rodríguez Gracia, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Gijón, avenida de la Constitución, número ventiocho, octavo derecha.

2.-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá el administrador concursal.

3.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a los que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal) a salvo de lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

Gijón, 12 de diciembre de 2011.- El Secretario judicial.

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