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Documento BOE-B-2011-43020

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 31 de diciembre de 2011, páginas 105644 a 105644 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-43020

TEXTO

Edicto.

Doña Neus Sabater Ventura, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercatil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen Autos de Concurso de Acreedores de Espumas Alberic, S.L., CIB B-96993795, con el número de registro 001006/2010 en cuyo seno se ha dictado Auto de fecha 24-10-2011, con el siguiente tenor literal: " Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los administradores de la empresa concursada".

Se declara la disolución de la mercantil concursada Espumas Alberic, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el Administrador Concursal, Manuel Sos Beltrán con N.I.F. número 18.875.858-B, que presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

De conformidad con el artículo 168.1 LC, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 25 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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