Edicto.
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Girona, hago saber:
Que en el concurso voluntario abreviado número 63/2010, se ha acordado mediante sentencia firme de fecha 6 de septiembre de 2010 dictada en el incidente concursal número 323/2010 que dimana del presente, la conclusión del concurso de la persona física señora doña Lorena Cortado Cremades, con nif núm 53081730-f, con domicilio en avenida Vidreres, n.º 171, Esc. C, 3-1, de Lloret de Mar, por inexistencia de bienes y derechos.
Queda la deudora responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
Cesa cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada.
En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 177.3, en relación con el 23 de la Ley Concursal, expido el presente en
Girona, 17 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.
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