Edicto.
D.Jose Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber: Que en el concurso voluntario Abreviado n.º 854/2010 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Actuaciones y Recursos Globales S.l. con domicilio en la calle La Fira, num 15 bajos local 1 de la población de Maçanet de la Selva ( Girona) Cif. núm B-06474951 siendo designado como Administrador Concursal al economista D. Andreu Velasco Blaya.
La entidad mercantil deudora conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de Quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demas datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisión y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título y una copia duplicada de la comunicación.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el Boe será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( Art. 184.3 LC.)
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 28 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.
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