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Documento BOE-B-2011-5496

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2011, páginas 16549 a 16549 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-5496

TEXTO

Edicto

D.ª María de los Ángeles Ortiz García, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000327 /2010 se ha dictado a instancias de la deudora, en fecha 24/01/11 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Ingeniería Murciana de Aguas, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Oeste, Parcela 8-25, nave C-5, 30829 Alcantarilla (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Ha sido nombrada administradora concursal la Letrada María del Pilar Pérez Marín.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 31 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

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