Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:
1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 0000654/2010 se ha dictado a instancias de Hormigones Llucmajor, S.L.; Hormigones Porreres, S.L., Juan Sastre Roca, S.L., representados por la Procuradora María Antonia Ventayol Autonell Auto de Declaración de Concurso 25 de enero de 2011 del deudor Concejo&Durán, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Gabriel Alomar y Villalonga núm. 17- 1 D de Palma de Mallorca con CIF B57501793 representada por la Procuradora Nancy Ruys Van Noolen.
2º.-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal.
3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 1 de febrero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
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