Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 60.05/2010 referente al concursado Sociedad Inmobiliaria Residencial Alandalus, S.L., con CIF n.º B14625321, por auto de fecha 18 de febrero de 2011 ha acordado lo siguiente:
Primero.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 29 de noviembre de 2010, por no haberse aprobado ninguna propuesta.
Segundo.-Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
Tercero.-Expedir los mandamientos correspondientes al Registro Mercantil de Córdoba, para la anotación, en la inscripción correspondiente a la concursada, de la apertura de la fase de liquidación del concurso, del acuerdo de disolución de la sociedad concursada, del cese de sus administradores y su sustitución por los administradores concursales, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la misma y de la formación de la sección de calificación.
Cuarto.-Proceder a la formación de la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este auto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 21 de febrero de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
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