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Documento BOE-B-2011-8099

Anuncio del Fondo Español de Garantía Agraria por la que se comunica la resolución del procedimiento de declaración de responsabilidad número 5380/06, Agroespaña, Sociedad Cooperativa de segundo grado, a los interesados en el procedimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2011, páginas 25211 a 25211 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-8099

TEXTO

Ante la imposibilidad de hacer efectiva la notificación de la resolución del procedimiento a cuantos interesados existen en el mismo y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Secretario General, en virtud de lo dispuesto en la letra a) del artículo 4.3 del Estatuto del FEGA, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, hace saber:

1- Por el Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, con fecha 14 de diciembre de 2010, se dictó resolución en el procedimiento núm. 5380/06, al amparo del artículo 40.2 y. 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determinado las personas que resultaron ser responsables de la deuda que la Sociedad Cooperativa de Segundo Grado, Agroespaña, tenía con este Organismo, en virtud de la resolución dictada en el expediente administrativo núm.1-1503/02.

2- De las actuaciones obrantes en el expediente figura la recepción de la notificación de la resolución del procedimiento a cuantos interesados existían en el mismo, con excepción de don José Soler Bonete, NIF 21907643M, doña Margarita Martínez Esclápez, con NIF 21991098Q, doña Ángela Soler Quiles, con NIF33491467V, y don Juan Antonio Cuello Bernabé, con NIF 27476775D, quienes resultaron ser responsables subsidiarios respecto el reintegro de la citada deuda, en su condición de administradores y representantes de Agroespaña, S. Coop. de segundo grado, en el tiempo en que las ayudas objeto de reintegro, fueron indebidamente percibidas.

3- Existe constancia del intento de notificación de la resolución del procedimiento a los interesados de referencia, al menos por dos veces, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la citada ley, con el fin de salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los interesados en el procedimiento, no se procede a la publicación de la citada resolución en su totalidad, sino tan solo un extracto del mismo.

Lo que se hace público en sustitución de la notificación directa a las personas interesadas, las cuales podrán dirigirse al FEGA, sito en C/ Beneficencia, 8, 28004-Madrid, para conocer el texto íntegro de la citada resolución.

Madrid, 4 de marzo de 2011.- Fdo.: Luis Manuel González-Quevedo Tejerina. El Secretario General.

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