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Documento BOE-B-2011-8163

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2011, páginas 25285 a 25285 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-8163

TEXTO

Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, y la reforma prevista en el artículo 6 R.D. Ley 3/09 sobre este artículo, anuncia:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 316/2010 se ha dictado a instancias de Conelecsis, S.L., en fecha Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Conelecsis, S.L., con CIF B-47302476, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Cobalto, parcela 122; nave J 1 de Valladolid.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometido el ejercicio de ésas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal)

Valladolid, 5 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

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