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Documento BOE-B-2011-8482

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2011, páginas 26489 a 26490 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-8482

TEXTO

Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: que en el concurso de acreedores (voluntario, abreviado) número 955/09-d de los seguidos en este juzgado y de la mercantil "Electricidad Jo-Mi", S.L. (con domicilio social en Elche-Alicante-, calle Pablo Surra de Garay, 38, CIF B-53311809. Inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, tomo 2148, folio 176, hoja número a-49348, inscripción 1.º), en el día de la fecha se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

Parte dispositiva

1. Se acuerda poner fin a la fase común y se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2. Se decreta la suspensión de las facualtades de administración y disposición de la deudora sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la ley concursal.

3. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. Preséntese por la administración concursal, en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 ley concursal.

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consisten en otras prestaciones.

6. Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 Ley Concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del cocnurso como culpable.( Artículo 168 ley concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal.

7. Notifíquese la presente resolución a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimeinto, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el boletin oficial del estado y en el tablón de anuncios de este juzgado, por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al registro mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Entréguense los despachos acordados a la procuradora señora Ripoll Moncho para que cuide de su diligenciado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado...".

Y para su general conocimiento y su publicación en el boe, se expide el presente en

Alicante, 15 de febrero de 2011.- La Secretaria judicial.

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