D./Dña. Benigno Sánchez Ibarra, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en el X, anuncia:
Que en el concurso abreviado - 000299/2010, referente al concursado Construillice, S.L., CIF n.º B54035530 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante Tomo 2961 Folio 183, Sección 8.ª Hoja A93843, por auto de fecha 24/2/2011, se ha acordado lo siguiente:
1.º Poner fin a la fase común y abrir la fase de liquidación.
2.º Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3.º Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.º Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
5.º Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente; y Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.
6.º Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.
Elche, 2 de marzo de 2011.- Secretario judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid