Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-8491

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2011, páginas 26499 a 26499 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-8491

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el procedimiento Procedimiento Concursal Abreviado 00088/2010 A sobre declaración de concurso de la mercantil Grafimenor, S.L., con domicilio en el Polígono Industrial "El Rubial", parcela 118, de Villena y CIF número B-03204286, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, tomo 1201, folio 55, hoja número A-2043, inscripción primera, se ha dictado el 2 de diciembre de 2010 auto declarando de oficio la apertura de la fase de liquidación al no haberse presentado propuesta de convenio, en el que se acuerda dar publicidad a los siguientes datos:

Parte dispositiva

Uno. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Dos. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

Tres. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Cuatro. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Cinco. Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC.

Seis. Procédase a la formación de la sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 LC.

Dentro de los cinco días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante par ala calificación del concurso como culpabe. (artículo 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Alicante, 2 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid