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Documento BOE-B-2011-9614

Anuncio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, para la notificación al funcionario don Juan Carlos Antequera Rebollo, de resolución sancionadora de 22 de febrero de 2011 de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias por Delegación del Secretario de Estado de Seguridad, recaída en el expediente formal de corrección disciplinaria número 18/2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2011, páginas 30608 a 30609 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2011-9614

TEXTO

Edicto

Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, se ha efectuado el trámite de notificación de la resolución sancionadora de 22 de febrero de 2011 de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias por Delegación del Secretario de Estado de Seguridad, sin que haya sido posible la entrega de la resolución mencionada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, debe procederse a su notificación edictal.

En consecuencia, procede notificar y se notifica la Resolución de 22 de febrero de 2011, dictada por la Secretaria de Instituciones Penitenciarias por Delegación del Secretario de Estado de Seguridad, cuya parte resolutoria, omitidas las referencias a Cuerpo de pertenencia y unidad de destino, dice así:

Resolución:

"Declarar al funcionario don Juan Carlos Antequera Rebollo, autor disciplinariamente responsa­ble de una falta grave, en relación con el cargo primero imputado, de "la falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave", tipificada en el artículo 7.1.i ) del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, imponiéndole la sanción de tres meses de suspensión firme de funciones, establecida en el artículo 96.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y artículo 14.b), en relación con el 16, del citado Reglamento de Régimen Disciplinario; y, en relación con el segundo cargo imputado, como autor de una falta grave de "la falta de obediencia debida a los superiores y autoridades", tipificada en el artículo 7.1a) del referido Real Decreto 33/1996, se le impone sanción de tres meses de suspensión firme de funciones, prevista en la normativa precitada.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio, o Contencioso-Administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2) de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, 48.2) y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y 9.a) y 46.1) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

Al propio tiempo, se participa al interesado que la resolución de 22 de febrero de 2011, de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, se encuentra a su disposición en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, sita en la calle Alcalá, 38-40, de Madrid.

Madrid, 11 de marzo de 2011.- Secretaria General de Instituciones Penitenciarias.

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