Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, la Secretaría de Estado de Infraestructuras resuelve:
1 ) Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34, y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).
2) Aprobar el expediente de información pública del estudio informativo: "Mejora de plataforma y tratamiento ambiental. N-621 de León a Santander por Potes, pp.kk. 154,5 al 174,5. Tramo: Castrocillórigo-Panes (Desfiladero de La Hermida)" de clave EI2-E-186, y definitivamente el mismo, seleccionado como opción más recomendable la denominada en el estudio Alternativa de Mejora de Plataforma y Tratamiento ambiental con un Presupuesto Base de Licitación (sin IVA) de 49,36 MEuros.
3) En las fases posteriores, de proyecto y ejecución de la obra, se cumplirán las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental, y se realizará la reposición de caminos y servicios de acuerdo con los ayuntamientos y organismos afectados.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Santander, 27 de diciembre de 2010.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Fernando Hernández Alastuey.
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