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Documento BOE-B-2012-11497

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2012, páginas 15483 a 15483 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-11497

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente,

Anuncio: Que en el Concurso Abreviado, número 409/10 seguido en este Órgano Judicial, a instancia de procurador señora Santana Oliver en nombre de Metalco, Sociedad Anónima contra Navi Urbana, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-53856837, y domicilio en Alicante, calle Pintor Cabrera, 22, escalera A, 1.º D, 03003, inscrita en el registro mercantil de Alicante al folio 187, tomo 2766, hoja 82886, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 8/03/2012 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Navi Urbana, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-53856837, y domicilio en Alicante, calle Pintor Cabrera, 22, escalera A, 1.º D, 03003, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al folio 187, tomo 2766, hoja 82886, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3.- Se acuerda la disolución de Navi Urbana, Sociedad Limitada, decretándose la cancelación de de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Señor Registrador Mercantil de la Provincia.

4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 15/02/2012.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal, publicándose en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Publico Concursal.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Se expide.

Alicante, 8 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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