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Documento BOE-B-2012-11691

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2012, páginas 15767 a 15767 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-11691

TEXTO

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración Concurso 38/2012 (Mesa 2) se ha dictado con fecha 5 de marzo de 2012, Auto de declaración de Concurso Voluntario y de apertura de liquidación de la entidad "Metálicas Bajo Nalón, Sociedad Limitada", con domicilio en Oviedo, calle Peña Ten, parcela 12-A, polígono de Silvota, Llanera, CIF B-74268426, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias.

2.º-Se ha nombrado como Administrador Concursal a don Ignacio Buzón Novo, el cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Hermanos Pidal, número 20, quinto A, de Oviedo y la siguiente dirección electrónica: nachobuzon@telefonica.net, debiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador Concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado y La Voz de Asturias.

3.º-Se suspende a la concursada "Metálicas Bajo Nalón, Sociedad Limitada", en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, facultades que pasarán a ejercitarse por la Administración Concursal.

4.º-Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art,º 184.3 Ley Concursal).

Oviedo, 23 de marzo de 2012.- El Secretario judicial.

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