Yo, Víctor Manuel Arrabal Montero, Notario de esta ciudad de Algeciras (Cádiz) y del Ilustre Colegio de Andalucía:
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Algeciras (Cádiz), calle General Primo de Rivera, número 2, tercera planta, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a instancias de la entidad acreedora "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", de la siguiente finca hipotecada:
Urbana treinta y ocho:
Vivienda unifamiliar adosada señalada con el número siete de la manzana D del Conjunto Residencial "Entrepinos", segunda fase, sito en la Dehesa del Acebuchal, término de Algeciras.
Linda: Por el Oeste, frente, con parcela cedida al Ayuntamiento; por la izquierda, entrando, con la vivienda número siguiente; por la derecha, con la vivienda número anterior; y por el fondo, con camino paralelo a la carretera nacional 340 y con porción de Alisa.
Consta de un garaje en planta de locales vinculado a la vivienda, de quince metros cuadrados útiles, señalado con el número siete.
Distribución: Planta Baja, Acceso principal a la vivienda, salón, cocina, aseo, escalera y pasillo. Patios delantero y trasero.
La total superficie útil de la planta baja es de treinta y dos metros cuadrados con setenta y seis centímetros cuadrados útiles (32,76 metros cuadrados).
Planta alta. Queda distribuida de la siguiente manera: Terraza, escalera, pasillo, baño y tres dormitorios. El total de superficie útil de la planta alta es de treinta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados útiles. La vivienda tiene una superficie útil de setenta metros cuadrados (70 metros cuadrados) y una superficie construida de setenta y ocho metros cuadrados con noventa y seis centímetros cuadrados (78,96 metros cuadrados).
Cuota:
Se le asigna una cuota de participación de un entero ochenta y siete centésimas por ciento (1,87 por ciento).
Referencia Catastral:
Número: 9134401TF7093S0038SU.
Incorporo Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica, por mi obtenida, por los medios telemáticas habilitados al efecto, con fecha 16-11-2011, a la que nos remitimos en cuanto a la descripción de la finca en evitación de reiteraciones innecesarias.
Titulo:
Compra por don Raúl Guzmán Muñoz y doña María José Rivera Delgado, por mitades indivisas y con carácter privativo, formalizada por escritura de compraventa, otorgada en Algeciras el día 30 de abril de 1.999, ante el Notario don Fernando Martínez Martínez.
Inscripción:
En el Registro de la Propiedad número 3 de Algeciras al tomo 1.307 del Archivo, libro 966 de Algeciras, folio 63, finca registral número 50.306.
Cargas y arrendamiento:
Gravada con hipoteca a favor de la entidad "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", para responder de un préstamo de noventa y dos mil quinientos euros (92.500,00 euros) de principal, en virtud de escritura formalizada en Algeciras el día 19 de diciembre de 2003, ante el Notario don Miguel-Francisco Muñoz Cervera.
Procediendo la subasta de la finca, se hacen saber sus condiciones:
Primero. La subasta tendrá lugar en la Notaría sita en el lugar indicado en el encabezamiento, el próximo día día 26 de junio de 2012, a las 11 horas, siendo el tipo de subasta la cantidad de ciento treinta y nueve mil trescientos cuarenta y cuatro euros con treinta y cinco céntimos (139.344,35 euros).
Segundo. Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Tercero. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las diez a las catorce horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
Cuarto. La subasta se efectuará en la forma en que determina el y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el Artículo 236 del Reglamento Hipotecario.
Algeciras, 9 de abril de 2012.- El Notario, don Víctor Arrabal Montero.
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