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Documento BOE-B-2012-14120

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2012, páginas 19084 a 19084 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14120

TEXTO

Edicto.

Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña, por el pesente,

Hago saber: NIG del procedimiento 15030 47 1 2012/0000257.

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 132/2012 se ha dictado en fecha 28 de marzo de 2012 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor "Arkotr3s Profesionales Carpinteros, S.L.", con cif B-15.442.361 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Bertoa, Carballo (A Coruña), Lugar de Mirón, s/n.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.

3.º Se ha designado, como administración concursal, a la Letrado de A Coruña Doña María Victoria González Pérez, con despacho abierto en esta ciudad, calle Wenceslao Fernández Flórez, n.º 1, 9.º, teléfono 981135488, y con e-mail victoriagonzalezp@gmail.com, con domicilio postal y dirección electrónica señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Dicha comunicación deberá remitirse al domicilio indicado al efecto por la administración concursal. También podrá efectuarse por medios telemáticos en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de indenteidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

A Coruña, 4 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

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