Contido non dispoñible en galego
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 184/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Instalaciones A.C. Pla D'en Boet 3, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 184/2012 Sección C1.
NIG del procedimiento.- 994/2012.
Entidad concursada.- Instalaciones A.C. Pla D’en Boet 3, S.L, con CIF n.° B61666590 y domicilio sito en c/ Cami del Mig 79 bjs 8 00000 Mataró (Barcelona).
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del auto de declaración.- 16 de marzo de 2012.
Administrador/es concursal/es.- Additio Group, S.L.P, y en su nombre y representación D/doña Montserrat Navarro Sánchez, con correo electrónico mnavarro@additiogroup.com, domicilio sito en Rbla. Catalunya, 57, 3.º 08007 Barcelona (Barcelona), y n.° de teléfono 93/159-15-15.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al ART. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 27 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
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