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Documento BOE-B-2012-14175

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2012, páginas 19145 a 19145 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14175

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con Sede en Vigo, hago saber:

Que en la sección I declaración concurso 113/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 11 de abril de 2012 auto acordando lo siguiente:

Primero.- Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Mintucal, Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal número B-36.263.010, cuyo domicilio lo tiene en la calle Tomás Alonso, número 88-2.º oficina 2 de Vigo.

Segundo.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

Tercero.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración Concursal.

Cuarto.- El administrador concursal designado es el Economista don José Aureliano López Santos, con Documento Nacional de Identidad 76893207-k con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la calle Genaro Borrás Sanjurjo, número 2 - 4.º G de Vigo, Código Postal 36210, y correo electrónico: j-aureliano@hotmail.com

Quinto.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

Sexto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 11 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

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