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Documento BOE-B-2012-14283

Anuncio de la notaría de don Juan Sergio López de Uralde García, relativo a subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2012, páginas 19301 a 19302 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-14283

TEXTO

Yo, Juán Sergio López de Uralde García, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Roquetas de Mar, provincia de Almería,

Hago constar: Que en mi notaría, sita en Avenida Juán Carlos I, 9, 1, de Roquetas de Mar (Almería), se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, Expediente número 4/2.011, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana. Local señalado con el número catorce de la planta baja y de los elementos independientes del edificio de tres plantas compuesto de locales comerciales y apartamentos, con algunos espacios de zonas verdes y ensanches, sito en la parcela de forma irregular enclavada hacia el Levante de la parcela 502 de la Urbanización de Aguadulce, paraje de Aguadulce, término de Roquetas de Mar. Linda: Norte, local número trece de la misma planta; Este, zona verde de la finca que le separa del arcén de levante; Sur, local número quince de igual planta; y Oeste, porche o galería comercial por donde tiene su acceso. Consta de dos módulos, consistiendo cada módulo en un cuadro de cuatro metros, ochenta centímetros de lado igual a veintitrés metros cuatro decímetros, lo que hace un total superficie construcida de cuarenta y seis metros, ocho decímetros cuadrados. Cuota: Un entero, novecientas cincuenta milésimas por ciento, y en cuanto a los anejos y zonas comunes de doscientas milésimas por ciento.

Registro: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número 3, en el tomo 1.883, libro 364, folio 104, finca número 12.176, inscripciones octava y décimoprimera, de compra e hipoteca, respectivamente.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones: Tendrá lugar en mi notaría. La primera subasta el día quince de junio de dos mil doce, a las diez horas, siendo el tipo base el de noventa y ocho mil trescientos seis euros con sesenta y ocho céntimos; de no haber postor, o si resultare fallida, la segunda subasta el día trece de julio de dos mil doce, a las diez horas, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el día diez de agosto de dos mil doce, a las diez horas, con la advertencia, conforme a la Circular 1/2012, de 25 de febrero, del Consejo General del Notariado, que de producirse la tercera subasta no se admitirá postura por un importe inferior al sesenta por ciento del tipo de tasación fijado para la primera subasta, recogido en la escritura de constitución de hipoteca, conforme al límite establecido en los artículos 670 y 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil vigente; y si hubiera pluralidad de mejoras en la tercera subasta la licitación entre mejorantes y mejor postor el día diecisiete de agosto de dos mil doce, a las diez horas. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236a y 236b del Reglamento Hipotecario puede consultarse en la Notaría, de lunes a viernes de diez horas a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. El acreedor podrá concurrir como postor a todas las subastas y no necesitará consignar cantidad alguna para tomar parte en la licitación. Los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la primera o en la segunda subasta, deberán consignar una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda; en la tercera subasta el depósito consistirá en un veinte por ciento del tipo de la segunda; debiendo presentar el resguardo acreditativo del depósito en la cuenta número 21035750180030013708 de la entidad "Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén", -Unicaja-. Desde el anuncio hasta la celebración de la subasta podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Roquetas de Mar, 20 de abril de 2012.- El Notario.

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