Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-14291

Anuncio de don Bruno Otero Afonso, Notario del Ilustre Colegio de Galicia, con residencia en Ferrol, para subasta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2012, páginas 19316 a 19316 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-14291

TEXTO

Bruno Otero Afonso, Notario del Ilustre Colegio de Galicia, con residencia en Ferrol,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en la Plaza de España,32-33 entresuelo, 15402 Ferrol (A Coruña), se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Formando parte del edificio señalado con el número 24 de la Carretera de San Juan, hoy (rúa Mestre García Niebla), en Ferrol:

Número cinco. Piso cuarto: Vivienda de noventa metros cuadrados.

Inscripción: Tomo 1.957, libro 790, folio 103, finca 22.911.

Procediendo la subasta de la finca, se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría, el día 12 de junio de 2012, a las 10:00 horas, siendo el tipo base el de 117.494 euros.

Por constituir la finca a subastar la vivienda habitual del deudor, la misma se someterá a lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículo 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente 30% del tipo de subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate al favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Ferrol, 25 de abril de 2012.- Notario de Ferrol.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid