Cédula de Notificación.
En las Diligencias Preparatorias n.º 14/02/11 seguidas por este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado sentencia cuyo Fallo dice así:
Debemos condenar y condenamos al acusado Jorge Luis Campo Barragán, mayor de edad penal y sin antecedentes de dicha naturaleza, como autor responsable de un delito de "abandono de destino" del artículo 119 del Código Penal Militar, sin la concurrencia de circunstancias eximentes o modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres meses y un día de prisión, con las accesorias y efectos legales que llevarán consigo la accesoria legal de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y el efecto de pérdida de dicho tiempo para el servicio, para el cumplimiento de la cual le será de abono todo el tiempo que haya estado privado de libertad -como arrestado, detenido o preso preventivo- por estos mismos hechos y sin exigencias de responsabilidades civiles.
Se declara firme la sentencia ante la expresa declaración de las partes en el sentido de no recurrirla.
Notifíquese a las partes la presente sentencia.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a D. Jorge Luis Campo Barragán, que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 26 de abril de 2012.- La Secretario Relator.
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