Don José Membrado Martínez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con residencia en Málaga,
Hago saber: Que en mi Notaria sita Málaga, calle Marqués de Larios, 6, 2.º piso, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Descripción.- Urbana.- Número uno.- Piso o vivienda tipo A, en planta baja del Edificio con entrada por la calle Eter de esta ciudad de Málaga, donde se le designa con el número 22.
Tiene una superficie construida con inclusión de elementos comunes de cincuenta y nueve metros dos decimetros cuadrados, distribuida en diversas dependencias y servicios.
Linda: frente, entrando, con calle Éter por donde tiene su acceso; izquierda entrando, con finca propiedad de don José Jurado Urbano; derecha, entrando, con la vivienda tipo B; y fondo o espalda con finca propiedad de don José Jurado Urbano.
Cuota: 28,38 %.
Datos registrales.- Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Málaga Número SEIS, al tomo 2697, libro 913, folio 34, finca registral número 17442-A, inscripción 3.ª
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría y se realizará una única subasta de conformidad con lo estipulado en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, al tratarse de la vivienda habitual del deudor. Dicha subasta se realizará el día 27 de junio de 2012, a las 10:00 horas, siendo el tipo base el de ciento cincuenta y tres mil seiscientos dos euros (153.602,00 €). No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 % del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9:30 a 14:30. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la subasta mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Málaga, 24 de abril de 2012.- El Notario.
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