Doña María Eugenia Rubio Gómez, Notario de Vélez-Málaga, con despacho en calle Camino de Málaga, número 6,
Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente provisional 2-2.011, con relación a la siguiente finca:
Urbana: Cincuenta y uno.-Vivienda tipo C, situado en el frente del lateral izquierda del edificio situado en la avenida de Andalucía de esta ciudad de Vélez-Málaga, conocido con el nombre de Granada, que tiene su entrada por el portal número 3 del mismo, en la planta quinta. Tiene una superficie construida de ciento un metros ochenta y cuatro decímetros cuadrados (101,84 m²), y útil de setenta y siete metros cincuenta y tres decímetros cuadrados (77,53 m²). Se compone de vestíbulo, estar-comedor, tres dormitorios, cocina-lavadero, baño y terraza. Linda: Izquierda, entrando, avenida de Andalucía; derecha, vivienda tipo C-2; fondo, calle en proyecto, y frente, pasillo de entrada, caja de escaleras vivienda tipo D-1. Cuota: 1,438 %. Referencia catastral.-1215101VF0711N0052GP. Inscripción: Registro de la Propiedad número 2 de Vélez-Málaga al tomo 1.299, libro 361, folio 53, finca número 1.331, inscripciones 4.ª y 6.ª En la base gráfica registral aparece identificada en Calle Tejeda, de Vélez-Málaga.
Las condiciones para la subasta son las siguientes:
Se celebrará en mi Notaría, a las diez horas del día 27 de junio de 2012, y el tipo será el fijado en la escritura de constitución de la hipoteca, esto es, la cantidad de ciento noventa y cinco mil ciento cuarenta y seis euros ochenta y tres céntimos (195.146,83 euros).
La subasta se efectuará en la forma en que determina el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible con el mismo, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.
Advertencias.-La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría en horario de oficina; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. De existir cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. En las subastas desde el anuncio hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando justificante de depósito previo.
Consignaciones.-Salvo el acreedor, todos los demás postores deberán consignar previamente en esta Notaría el 30 por 100 del tipo.
Vélez Málaga, 30 de abril de 2012.- Notario.
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