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Documento BOE-B-2012-15990

Anuncio que publica la Notaría de don Manuel Gómez Ruiz, con residencia en Chiclana de la Frontera (Cádiz), relativo a subasta por el procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, sobre finca registral 23.579 del Registro de la Propiedad número 2 de Chiclana de la Frontera.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 12 de mayo de 2012, páginas 21628 a 21629 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-15990

TEXTO

Que en mi Notaría, sita en Chiclana de la Frontera (Cádiz), calle Huerta Chica, número 10, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

""Urbana: Número tres.- Vivienda planta primera izquierda, tipo A-3, de la casa número Uno, en la calle Valencia, Barriada de San Juan Bautista, en la ciudad de Chiclana de la Frontera. Tiene superficie construida de noventa y seis metros cuarenta y siete decímetros cuadrados, incluida la parte proporcional de elementos comunes. Consta de vestibulo, pasillo, estar-comedor, tres dormitorios, cocina, cuarto de baño, cuarto de aseo y solana.-Linda: izquierda entrando, con la calle Valencia; fondo, zona verde y de albero, y por la derecha, zona de albero.""

Coeficiente.- Tiene un coeficiente del 12,50%.

Inscripción.- La 4.ª, del tomo 1.604, libro 909, folio 89, finca número 23.579, del Registro de la Propiedad número 2 de Chiclana de la Frontera.

Calificación Administrativa.- Fue calificada definitivamente de Protección Oficial en expediente CA-90-CD-63 en cédula expedida el 29 de mayo de 1.972.

Referencia Catastral.- Tiene el número 5936706QA5353N0005SB.

Se hace constar que, dado que la vivienda reseñada, es la vivienda habitual del ejecutado, se estará a lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 6/2012, de 9 de Marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, en particular, en relación con lo dispuesto respecto al tipo, al valor de adjudicación, y a la existencia de una única subasta; y en lo que no fuere compatible, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi notaría a través de una única subasta que se celebrará el día veinte de junio de dos mil doce a las 12.00 horas, y para la que servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, esto es (192.640,00 €) ciento noventa y dos mil seiscientos cuarenta euros.

No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 % del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 % del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 % del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60 % del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 % del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 % del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236 n. del Reglamento Hipotecario.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 10.00 a 13.00 horas.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.

Chiclana de la Frontera, 9 de mayo de 2012.- Notario.

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