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Visto el expediente tramitado en este Servicio de Industria y Energía a petición de D. Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva, n.º 2, solicitando autorización y declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación de una línea eléctrica subterránea entre los centros de transformación "Sardinero III" e "Ybarrola", y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 1ª y Capítulo V, Sección 2.ª, del Real Decreto 1955/2.000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2502/1996, de 5 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:
1.º Autorizar a la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, la instalación de una línea eléctrica subterránea de 3 (1x150 mm²) de sección de cobre (entubados), entre el centro de transformación "Sardinero III" y el centro de transformación "Ybarrola".
2.º Declarar la utilidad pública, en concreto, de dicha instalación eléctrica, a los únicos efectos de lo expresado en el artículo 54.2 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Ceuta, 12 de marzo de 2012.- El Jefe del Servicio, Manuel Jurado Belmonte.
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