Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-16837

Resolución de 7 de mayo de 2012, del Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres, de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, por la que se otorga autorización administrativa, aprobación de la ejecución del proyecto y declaración de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Antena de conexión de gas natural con presión máxima de operación 10 bar y estación de regulación y medida aérea con presión máxima de servicio 10/4 bar de 5.000 Nm3/h, en Miajadas". Expediente: CG-453.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 19 de mayo de 2012, páginas 22851 a 22853 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2012-16837

TEXTO

Visto el procedimiento iniciado a instancias de Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, S.A., con domicilio en la calle Antonio de Nebrija, número 8 A, del municipio de Badajoz, para la autorización administrativa, aprobación de ejecución y declaración de utilidad pública del proyecto denominado "Antena de conexión de gas natural con presión máxima de operación 10 bar y estación de regulación y medida aérea con presión máxima de servicio 10/4 bar de 5.000 Nm3/h, en Miajadas", y una vez completada la instrucción del mismo, incluyendo tanto el trámite de información pública como el de traslado a otros Organismos que pudieran ver afectados bienes o derechos a su cargo.

Teniendo en consideración lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007 y por la Ley 25/2009; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, modificado por el Real Decreto 197/2010; en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento; y en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes y de procedente aplicación, este Servicio resuelve:

Conceder a Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, S.A. (DICOGEXSA) la autorización administrativa, declarar de utilidad pública y autorizar la ejecución de las instalaciones correspondientes al proyecto indicado con anterioridad, llevando implícita, de conformidad con lo dispuesto en el Título V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la necesidad de ocupación de los bienes afectados relacionados en los anuncios publicados al efecto en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y Periódicos de amplia difusión en la Comunidad Autónoma de Extremadura, e implicando la urgente ocupación a los efectos que determina el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; todo ello, de acuerdo con las siguientes condiciones:

Primera.- En todo momento deberá darse cumplimiento a la normativa de aplicación, que ha sido citada anteriormente, así como las disposiciones sobre condiciones técnicas y de seguridad, y en especial el Real Decreto 919/2006, por el que se aprueba el Reglamento técnicos de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto registrado, cuyas características básicas son las siguientes:

a) Término municipal: Miajadas.

b) Instalación: Canalización con origen en la posición MR-MJ-07 del Gasoducto Mérida-Don Benito-Miajadas, utilizando tubería de polietileno SDR 11 de diámetro nominal 250 mm, con una longitud total de 1.618 metros, finalizando en la estación de regulación y medida a ubicar en la parcela con referencia catastral 7360614TJ4376S0001PG, situada en el límite del Polígono 1.º de Mayo, constituida por dos líneas de regulación con un caudal de diseño de 5.000 Nm3/h cada una, mas una tercera línea de regulación manual del mismo caudal

c) Presión máxima de operación: 10 bar en la canalización y 10/4 bar en la ERM.

d) Presupuesto de ejecución: 465.000,00 € (cuatrocientos sesenta y cinco mil euros).

Tercera.- DICOGEXSA deberá constituir en un plazo no superior a veinte días, una fianza o garantía del 2 por 100 del presupuesto de las instalaciones afectadas, a disposición de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación del Gobierno de Extremadura. Dicha fianza o garantía se devolverá al interesado una vez que, formalizada el acta de puesta en servicio de las instalaciones, el interesado lo solicite y justifique el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.

Cuarta.- Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán con las condiciones impuestas o por imponer por los Organismos competentes afectados.

Quinta.- Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a los datos básicos a que se refiere la condición tercera, será necesario obtener autorización del Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres.

Sexta.- Las afecciones a bienes ajenos al Peticionario, derivada de la declaración de utilidad pública del proyecto, serán las detalladas en el anuncio de información pública divulgado en los boletines oficiales y periódicos citados anteriormente.

Séptima.- El plazo de ejecución de las obras será de doce meses, a partir de la fecha de ocupación real de los terrenos afectados.

La empresa DICOGEXSA, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la puesta en marcha de las instalaciones, acompañando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de seguridad industrial establecidos en la reglamentación vigente.

El acta de puesta en servicio se extenderá por el Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres, en el plazo de un mes, a contar desde la presentación de la solicitud de puesta en marcha, previas las comprobaciones técnicas que se consideren oportunas.

Octava.- Esta autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal o de otros Organismos y entidades, necesarias para realizar las obras o relacionadas, en su caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias, no pudiendo el interesado iniciar la construcción de las instalaciones si no dispone de todas las autorizaciones, permisos y licencias exigidas por la legislación en vigor.

Novena.- La autorización de explotación no concederá derechos exclusivos ni se otorgará en régimen de monopolio.

Décima.- El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta Resolución, por la declaración inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma, podrá suponer la revocación de la presente autorización, previa instrucción del correspondiente procedimiento.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo Empresa e Innovación, en un plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 y por la Ley 25/2009.

Cáceres, 7 de mayo de 2012.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres. Fdo.: Fernando Mijares Álvarez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid