No habiendo podido notificar a D. José del Valle Esteban, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, recaída Resolución de este Instituto, con fecha 9 de junio de 2008, en el expediente administrativo núm. 203/07, por el Director Gerente del mismo, se ha dictado con fecha 18 de abril de 2012, acuerdo mediante el que, de conformidad con lo prevenido en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requiere al interesado para que, en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, manifieste expresamente si consiente, o no, la entrada en su domicilio. Si transcurrido el plazo señalado, no se recibe su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización judicial de entrada en la vivienda militar.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, C/ Isaac Peral, 32, de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación u Oficina Delegada de Defensa correspondiente.
Madrid, 18 de mayo de 2012.- El Jefe de Área de Gestión.
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