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Documento BOE-B-2012-17908

Anuncio de la Notaría de Lino-Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerra sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012, páginas 24221 a 24222 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-17908

TEXTO

Yo, Lino-Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerra, Notario del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha, con residencia en Tomelloso, hago saber:

I.- Que en mi Notaría, sita en Tomelloso (Ciudad Real), calle Don Víctor Peñasco, número 53, local bajo, se tramita venta extrajudicial número 22 de mi protocolo del año 2012, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y 12 del Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de la siguiente finca hipotecada, que es vivienda habitual:

Ocho.- Vivienda unifamiliar, señalada en el plano con el número 21, Tipo A, perteneciente al Complejo Urbanístico enclavado en esta ciudad de Tomelloso, calle sin nombre, ni número, frente a la Carretera de Ossa de Montiel. Se accede a ella por el portal principal de la misma, situado en calle Castilla-La Mancha, 16 (al Este de la Urbanización). Ocupa una superficie útil de noventa metros cuadrados (90 m²) y consta de planta baja, que alberga paso, vestíbulo de entrada, salón-comedor, cocina, aseo, escalera de acceso a la planta superior, garaje y patio en su testero; y planta alta, en la que se disponen cuatro dormitorios y un baño. Linda: por la derecha de su entrada, vivienda número 20, Tipo A; izquierda, vivienda número 22, Tipo A; fondo, Plaza de la Urbanización; y al frente, la calle de su situación.

Cuota.- Se le asignó una cuota de participación en el valor total del Complejo Urbanístico a que pertenece del 11,11 por ciento.

Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de esta localidad, al tomo 2.786, libro 561, folio 104, finca 36.131, bajo la inscripción 6.ª

Procediendo la subasta de la finca se hace saber las siguientes condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría, en una única subasta, el día 28 de junio de 2012 a las 11 horas, siendo el tipo base el de ciento un mil quinientos ochenta y ocho euros y sesenta y tres céntimos de euro (101.588,63 €).

La documentación y certificación del Registro de la Propiedad, a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien sale a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente mejor postura.

Cuando la mejor postura fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o siendo inferior, cubra al menos la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior se estará a lo previsto en el artículo 236.n del Reglamento Hipotecario.

Tomelloso, 30 de abril de 2012.- Notario.

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