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Documento BOE-B-2012-17994

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2012, páginas 24321 a 24321 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-17994

TEXTO

Edicto.

Secretario judicial don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 258/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 8 de mayo de 2012, el concurso voluntario de "Gráficas Delfos 2000, S.L.", con NIF B6220983, y domicilio en Esplugues de Llobregat (Barcelona), carretera de Cornellà, número 140, primero, primera, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don Carlos Rubio López, Abogado, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en calle Ferrer, número 57, de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal crubio@icab.cat, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende.Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 8 de mayo de 2012.- Secretario judicial.

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