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Documento BOE-B-2012-18129

Resolución de 23 de abril de 2012 de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Consejería de Empleo, Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura, por la que se otorga autorización administrativa y aprobación de la ejecución del proyecto correspondiente a las instalaciones denominadas "antena de conexión de gas natural en alta presión mop 10 bar en Don Benito (Badajoz)".

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2012, páginas 24553 a 24555 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2012-18129

TEXTO

Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, S.A., con domicilio en Badajoz, C/ Antonio de Nebrija, n.º 8 A, C.I.F. A-06244131, mediante escrito de 25 de octubre de 2010, solicitó Autorización Administrativa y Aprobación de Ejecución del Proyecto de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Antena de conexión de Gas Natural en alta presión Mop 10 Bar en Don Benito (Badajoz)", dando cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

El proyecto de instalaciones fue sometido a Información Pública en el B.O.E. nº 55 de 5 de marzo de 2012, en el B.O.P. núm. 1219 de 6 de marzo de 2012, en el Diario Hoy de 27 de febrero de 2012 y en el Periódico Extremadura de 23 de febrero de 2012, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Don Benito.

Vistos: Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de Julio, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para el mercado interior de gas, así como el Real Decreto 919/2006, de 28 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11; el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, así como el Decreto 45/1991, de 16 de abril, sobre medidas de protección del ecosistema de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convalidado por el Decreto 25/1993, de 24 de febrero; la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás Disposiciones concordantes y de procedente aplicación; esta Dirección General,

Resuelve:

Conceder la Autorización Administrativa y Autorizar la Ejecución de las instalaciones del proyecto "Antena de conexión de Gas Natural en alta presión Mop 10 Bar en Don Benito (Badajoz)", todo ello de acuerdo con las siguientes prescripciones:

1º.- En todo momento deberá darse cumplimiento a la normativa de aplicación, que ha sido citada anteriormente, y especialmente a las disposiciones sobre condiciones técnicas y de seguridad.

2º.- El plazo de ejecución de las obras será de seis meses a partir de la fecha de la presente Resolución, y las instalaciones se pondrán en servicio dentro de los treinta días siguientes al diligenciado del Acta de Puesta en Marcha que realizará esta Dirección General.

3º.- Las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución, habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto y anexo del proyecto de "Antena de conexión de Gas Natural en alta presión Mop 10 Bar en Don Benito (Badajoz)", según han sido presentados en esta Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio, junto a la restante documentación técnica, especificándose los siguientes datos básicos:

- Características y emplazamiento de la instalación:

Red de gas natural en MOP 10 bar que discurrirá desde la posición de entrega MR-MJ-09 del gasoducto de transporte primario Mérida-Don Benito-Miajadas, atravesando el P.I. San Isidro de Don Benito, hasta llegar a la calle Isaac Peral, en cuyas proximidades se instalará una E.R.M. aérea MOP 10/4 de 5.000 Nm³/h., objeto esta última de otro proyecto.

La ejecución y puesta en gas de la Antena de conexión se realizará en dos fases:

Fase I:

- Desde posición MR-MJ-09 del Gasoducto de Transporte Mérida-Don Benito-Miajadas hasta la fábrica de transformación de tomates Pronat. - Longitud: 1.202 metros. - Plazo de ejecución: 18 semanas, máximo 12 meses.

Fase II:

- Desde C/ Valdegamas esquina con vial Pronat hasta la C/ Isaac Peral. - Longitud: 1.933 metros. - Plazo de ejecución: 40 semanas, máximo 24 meses.

- Área de distribución: T.M. de Don Benito (Badajoz).

-Presupuesto: 645.000 €.

- Referencia expediente: GNC 73/1003/12.

4º.- Los cruces especiales y otras afecciones de bienes de dominio público o servicios, se realizarán de conformidad con los condicionados impuestos por los Organismos afectados.

5º.- Toda modificación que afecte a los datos básicos y a los contenidos del Proyecto y Anexo requerirá autorización de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio.

6º.- Previo al comienzo de las obras, Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, S.A., deberá presentar ante la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio un plan detallado de ejecución de las mismas; debiendo, asimismo, comunicar con suficiente antelación la realización de las pruebas, ensayos o reconocimientos que hayan de realizarse, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

7º.- Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, S.A., deberá presentar ante la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio los resultados de los ensayos y pruebas que hayan de realizarse de acuerdo con la legislación vigente, así como un Certificado Final de Obra, firmado por Técnico titulado competente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con las especificaciones y normas que hayan aplicado en el proyecto, con las variaciones de detalle que hayan sido aprobadas, así como las demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación.

8º.- Distribución y Comercialización de Gas Extremadura, S.A., dará cuenta de la terminación de las instalaciones y de sus ensayos y pruebas a la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio para su conocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha de las instalaciones, sin cuyo requisito no podrá entrar en funcionamiento.

9º.- La Administración se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización por incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique.

10º.- Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia autonómica, municipal, provincial y otras, necesarias de acuerdo con la normativa sectorial aplicable en cada caso.

Esta Resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá ser objeto de Recurso de Alzada, a interponer en el plazo de un mes, contado desde el día de su notificación, ante el Sr. Consejero de Empleo, Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mérida, 23 de abril de 2012.- El Director General de Ordenación Industrial y Comercio, Fdo.: Miguel Córdoba Pérez.

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