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Documento BOE-B-2012-18149

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2012, páginas 24578 a 24578 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-18149

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante

Por el presente hago saber: Que en fecha 8 de mayo de 2012 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de liquidación en el concurso 579/11-r, de la mercantil Gráficas Antar, S.L., con CIF B-03356300, con domicilio en la calle Capricornio, número 1, Alicante, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil concursada Gráficas Antar, S.L., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte.

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

6. Preséntese por la administración concursal en el plazo de quince dias el plan de liquidación previsto en el artículo 148 de la Ley Concursal, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgado en el plazo de veinte dias, previo depósito de la suma de 50 euros, que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto"pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitiraá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, añadida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Se considera la apelación mas próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4.

A los efectos dichos déjese nota de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por parte que no esté personada en el proceso concursal general.

Alicante, 8 de mayo de 2012.- La Secretaria.

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