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Documento BOE-B-2012-18161

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2012, páginas 24590 a 24591 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-18161

TEXTO

Edicto.

Cédula de notificación.

En el procedimiento de concurso 57/2011 "Hoteles Balito, S.A.", se ha dictado Auto en fecha 17 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador don Matías Trujillo Perdomo, en nombre y representación de "Hoteles Balito, S.A.", con CIF A35620772.

2. Se declara en concurso que tiene carácter de voluntario, al deudor "Hoteles Balito, S.A.", con CIF A35620772, y domicilio en la calle General Vives, números 23-25, de Las Palmas de Gran Canaria.

3. Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos al Registro Mercantil de Las Palmas, donde figura inscrita la sociedad concursada al tomo 1515, folio 21, hoja GC-24604, los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

4. Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal.

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Modo de impugnación.

1. Contra la declaración y conclusión del concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita

2. Contra los demás pronunciamientos del Auto cabe recurso de reposición por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en el plazo de cinco días, computados, para el deudor desde la notificación del Auto, y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2 y 197 LC y 452 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita"

Y para poder llevar a cabo la publicación necesario de dicho Auto, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 17 de mayo de 2012.- Secretaria judicial.

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