Edicto
Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1. Que en el concurso número de autos 603/2011 con Número de Identificación General del procedimiento 28079100098142011, por auto de 26 de abril de 2012, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a Galaxi Distribución, S.A., con CIF A78538758, y domiciliado en calle Duero, n.º 38, Polígono industrial de Mejorada del Campo, nave 14, Madrid (28840).
El anterior edicto de fecha 26 de abril de 2012 omitía el nombre de la mercantil concursada, conteniendo únicamente el número de procedimiento así como el CIF de la empresa. Se procede a dictar un nuevo Edicto, conteniendo la omisión precedente, de la mercantil concursada denominada Galaxi Distribución, S.A.
2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso.
3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la administración concursal.
4. La identidad de la administración concursal es Andrés Sánchez Garces, el domicilio postal de la misma calle Claudio Coello, 18, 28001-Madrid, y la dirección electrónica andres.sanchez@lcm-pg.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.
Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado.
5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este juzgado.
Madrid, 17 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.
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