Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 55/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto. Concurso voluntario 55/2012, Sección C1.
Nig del procedimiento. 5416/2011.
Entidad concursada. "Prosson, S.L.", con CIF número B58555350, y domicilio sito en calle Neopatria, 42-44, de Barcelona.
Tipo de concurso. Voluntario.
Fecha del Auto de declaración. 8 de febrero de 2012.
Administrador concursal. Don Agustí Alier Jané, con correo electrónico a.alier@agper.cat, domicilio sito en calle Montserrat, número 22-26, de Sabadell (Barcelona) y número de teléfono 937 277 090.
Facultades del concursado. Suspendidas.
Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el artículo 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 28 de marzo de 2012.- La Secretaria judicial.
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