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Documento BOE-B-2012-19639

Anuncio de Don Cristóbal Salinas Clemente, como Notario sustituto por vacante de la Notaría de Vícar, de subasta extrajudicial de finca hipotecada.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2012, páginas 26542 a 26542 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-19639

TEXTO

Yo, Cristóbal Salinas Clemente, hago saber, que en la notaría de Vícar, se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente provisional 36190 de 2012, de la siguiente finca:

Descripción: Urbana. Vivienda de planta baja, en la calle Rosa Chacel, número catorce, en Cortijos de Marín, término de Vícar, sobre un solar de mil ciento sesenta y cinco metros cuadrados. La superficie construida de la vivienda es de noventa y cuatro metros y dieciséis decímetros cuadrados, destinándose el resto hasta la totalidad del solar a patio y ensanches, al fondo o Norte. Linda; Norte, camino de Vicar; Sur, calle Rosa Chacel; Este, José Castillo Ferrer; y Oeste, camino de Vícar.

Inscripción: Registro de la propiedad de Roquetas de Mar número tres, tomo 2181, libro 185, folio 198, finca 14.320, inscripción octava.

Se señala la subasta para el día dieciocho de julio de dos mil doce, a las diez horas treinta minutos, al tipo tasado en la escritura de constitución de hipoteca, o sea la cantidad de ciento cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y nueve euros, y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del real decreto ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios y, en lo que no fuere incompatible, por el artículo 236 del reglamento hipotecario.

La subasta se celebrará en la notaría de Vícar, sita en Calle Luis Cernuda, 1, Las Cabañuelas, término municipal de Vícar, provincia de Almería.

La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del reglamento hipotecario pueden consultarse en la Notaría de Vícar; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

Para tomar parte en la subasta, los postores deberán consignar, previamente en la notaría y mediante cheque bancario una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo de la subasta. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, en la forma prevista en el reglamento hipotecario. Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Vícar, 4 de junio de 2012.- El Notario.

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