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Documento BOE-B-2012-20173

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2012, páginas 27207 a 27207 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-20173

TEXTO

Edicto

D.ª Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos del concurso voluntario abreviado n.º 242/2011 instado por el procurador don Luis José García Barrenechea, en nombre y representación de Suministros de Jardinería Marsan, S.L., con CIF: B-85306769, en el cual se ha dictado auto con fecha 18 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es como sigue:

Parte dispositiva

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor "Suministros de Jardinería Marsan, S.L."

2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Se declara disuelta la entidad "Suministros de Jardinería Marsan, S.L", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Se declaran vencidos los créditos concúrsales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC.

Madrid, 18 de mayo de 2012.- La Secretaria judicial.

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