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Documento BOE-B-2012-2064

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2012, páginas 2740 a 2740 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-2064

TEXTO

Doña Neus Sabater Ventura, Secretario judicial, Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, anuncia:

1. Que en la pieza separada de aprobación del convenio de PRODAEMI, se ha dictado el dia 22/12/11, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la mercantil PRODAEMI y aceptado en la Junta de acreedores que se llevo a cabo por tramitación escrita.

2. El convenio está de manifiesto en la oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento, cuyo contenido es del siguiente tenor:

En cuanto a los acreedores que ostenten créditos ordinario, se les aplica una quita del 30%, y una espera de 5 años, con dos años de carencia sin interés alguno.

Se abonará el importe del los créditos ordinarios (70%) a razón del 20% de dicho importe dentro del 3.º año, el 30% dentro del 4.º año, y el 50% dentro del 5.º año, es decir, tras los dos primeros años de carencia. En cuanto al resto de los créditos, se satisfarán en la forma que se establece en la ley concursal.

3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación en virtud del art. 197.4 L.C que se tramitará con carácter preferente y en la forma prevista para las apelaciones de sentencias dictadas en juicio ordinario. Sentencia que ha de publicarse en el Registro Público Concursal, BOE y en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez dias siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Valencia, 22 de diciembre de 2011.- El/la Secretario judicial.

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