Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan lo siguiente:
Antecedentes de hecho
Primero: Mediante Resoluciones de fecha 21 y 22 de julio de 2009 esta Delegación Provincial en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por Resolución de 23 de febrero del 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BOJA n.º 59, de 28 de marzo de 2005), se otorgaron autorizaciones administrativas y se aprobaron los proyectos de ejecución de la modificación de las líneas aéreas de energía eléctrica existentes denominadas Laat 66 kV, de Fargue-Canales, entre sus apoyos n.º 26 y n.º 28, y Laat de 132 kV, de Fargue-Caparacena, entre sus apoyos n.º 233 y n.º 234, por ampliación de la subestación de "Fargue", en el término municipal de Granada. Exptes.: 3.938/AT y 500-3/AT.
Segundo: Con fecha 26 de enero de 2012, la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L. solicitó la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones de referencia acompañando relación de interesados, bienes y derechos afectados.
Tercero: Por la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en base a la Legislación de Expropiación Forzosa mediante anuncio de esta Delegación Provincial de fecha 3 de febrero de 2012, se realiza la Información Pública de declaración en concreto la utilidad pública, insertándose en el BOE núm. 63, de 14/3/2012, en el BOJA núm. 50, de 13/3/2012, en el BOP núm. 57, de 22/3/2012, y en el diario Ideal de Granada, de 8/2/2012, y exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Granada.
Cuarto: Durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación.
Fundamentos de derecho
Primero: Esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en Granada es competente para la concesión de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto por Resolución de 23 de febrero de 2005 (BOJA núm. 59, de 28 de marzo del 2005), de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería y efectuar la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación proyectada, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 134/2010, de 14 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y el artículo 5.6 de la Orden de 24 de junio de 2010 por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.
Segundo: El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas está regulada en el Capítulo V de Título VII del Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997 la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia, resuelve:
Primero: Declarar en concreto la utilidad pública de las instalaciones citadas, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo: Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.
Esta Resolución se notificará a cada interesado, publicándose además en el BOE, BOJA y BOP de Granada, así como en el tablón oficial del Ayuntamiento de Granada, todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el caso de domicilios ignorados o de notificaciones que no se hubiesen podido practicar.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Relación de propietarios con bienes y derechos afectados en la modificación de la línea aérea a 66 kV, S/C, existente Fargue-Canales, entre sus apoyos n.º 26 y n.º 28, por ampliación de Subestación Fargue, en el término municipal de Granada
Nº PARCELA SEGÚN PROYECTO |
PROPIETARIO Y TITULARES DE DERECHOS REALES |
TÉRMINO MUNICIPAL |
PARAJE |
NUM. CATASTRO |
LONG. SOBREV. (ml.) |
SUP. SOBREV. (m2) |
APOYOS Nº |
SUP. APOYOS (m2) |
OCUP. TEMP (m2) |
CULTIVO |
1 |
-BILGRA 2010, S.A. -BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. -CAIXABANK S.A. |
Granada A Fargue |
A Fargue |
Parcela 10 Polígono 20 |
132 |
600 |
27_1 27 |
8,52 |
90 |
Pastos Olivos Secano |
Relación de propietarios con bienes y derechos afectados en la modificación de la línea aérea a 132 kV, S/C, existente Fargue-Canales, entre sus apoyos n.º 233 y n.º 231, por ampliación de Subestación Fargue, en el término municipal de Granada.
Nº PARCELA SEGÚN PROYECTO |
PROPIETARIO Y TITULARES DE DERECHOS REALES |
TÉRMINO MUNICIPAL |
PARAJE |
NUM. CATASTRO |
LONG. SOBREV. (ml.) |
SUP. SOBREV. (m2) |
APOYOS Nº |
SUP. APOYOS (m2) |
OCUP. TEMP (m2) |
CULTIVO |
5 |
-BILGRA 2010, S.A. -BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. -CAIXABANK S.A. |
Granada A Fargue |
A Fargue |
Parcela 10 Polígono 20 |
293 |
3408 |
333_2 |
54 |
400 |
Pastos Olivos Secano |
Granada, 30 de mayo de 2012.- Delegado Provincial de la Consej. de Econ., Innov. y Ciencia y Empleo, Antonio Argüelles Peña.
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