D. Jorge Cuéllar Oton, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 129/10J, siendo concursado/s D. Andrés Sierra Lician, en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado Auto de fecha 05/06/2012, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Andrés Sierra Lician, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo.
3.- Líbrese mandamientos al registro civil. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.
4º.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.
5º.- Anúnciense por edictos en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y en el tablón de anuncios del Juzgado, y comuníquese a los Juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor.
6º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.
Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.
Elche, 6 de junio de 2012.- Secretario judicial.
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