Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Habo saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 335/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Instalaciones Indo, S.L.U., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto: Concurso Voluntario 335/2012 Sección C4.
NIG del Procedimiento: 0801947120128000193.
Entidad concursada: Instalaciones Indo, S.L.U., con CIF B08923740.
Tipo de Concurso: Voluntario.
Fecha del Auto de Declaración: 15 de mayo de 2012.
Administradores Concursales: Don Gregori Rodrigo Cabedo (economista), como administrador concursal único, con correo electronico rodrigo.cabedo@cabedo.com.
Facultades del Concursado: Suspendidas.
Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los Acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos, La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que efecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 15 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
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