Doña Cristina Cifo González, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en el concurso de acreedores (voluntario, abreviado) n.º 445/08-D de los deudores D. Salvador Nadal Moncho (DNI: 21.648.053-Q) y D.ª Sonia María Martínez Ruiz (DNI: 48.349.013-T), con domicilio ambos en Beniarrés -Alicante-, C/ Alcoy, 2, 1.º A, CP: 03850; se ha dictado Auto de fecha 27 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Parte dispositiva
Acuerdo:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha de 11 de noviembre de 2011.
4.- La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
5.- Expídase Mandamiento de Cancelación de la anotación de concurso en los Registros públicos que correspondan.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno."
Alicante, 27 de diciembre de 2011.- Secretaria judicial.
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