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Documento BOE-B-2012-23686

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 2012, páginas 31959 a 31959 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-23686

TEXTO

Edicto

Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 315/2012-CR en el que se ha dictado con fecha 7 de junio de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad "Inmo Bcn, S.L.", con CIF B-60389830 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2011-8005325.

Tipo de concurso: voluntario.

Concursada: "Inmo Bcn, S.L.", con domicilio en c/ Paseo Ferrocarriles Catalanes, n.º 117-119, de Cornella de Llobregat.

Administrador concursal: empresa "Convenia, S.L.P.", en la persona física de Marc Bernabeu Anton, con domicilio en c/ Travessera de Gràcia, n.º 71, 5.º, 2.ª, 08006 de Barcelona, con telf. 93.414.68.58, con correo electrónico convenia@rafeber.com

Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de junio de 2012.- El Secretario judicial.

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