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Ana María García García, Secretaria del Juzgado de lo Social n.º 4 de Madrid,
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución n.º 111/12 de este Juzgado, seguido a instancia de Manuel Ernesto García García, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 4 de julio de 2012 por el que se despacha ejecución contra Clínica Soft, S.L., por importe de 4.400 euros de principal, más 800 euros para intereses y costas provisionales.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Y para que sirva de notificación a Clínica Soft, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y colocación en el tablón de anuncios.
Madrid, 4 de julio de 2012.- Secretaria judicial.
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