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Documento BOE-B-2012-25520

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2012, páginas 34412 a 34412 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25520

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaría Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, hago saber:

Que en la presente sección V, de convenio, número 206/2011 referente a la concursada Sanchez Apimec, S.L.U., con CIF B06115943 se ha dictado Sentencia 116/2012 cuya encabezamiento y fallo son del contenido literal siguiente:

Sentencia n.º 116/12

Juez que la dicta: Dña. Esther Sara Vila.

Lugar: Badajoz.

Fecha: 10 de julio de 2012

Vistos por el Ilmo. Sr/Sra. D./D.ª Esther Sara Vila, Jdo. de lo Mercantil N. 1 de Badajoz, los presentes autos de procedimiento Sección V Convenio 0000206 /2011, del concursado Sánchez Apimec, S.L.U., representado por el Procurador de los tribunales, Sr/a. Luis Vela Álvarez, Y defendido por el Letrado D. Ángel Manzano Sánchez.

Fallo

1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por "Sanchez Apimec, S.L.U.", que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2. Se acuerda el cese en su cargo del administrador concursal. Hágasele saber que deberá presentar su rendición de cuentas de su entera actuación en el plazo de un mes.

3. Hágase saber a la concursada su obligación de informar con periodicidad semestral contada desde la fecha de esta sentencia, acerca del cumplimiento del convenio.

4. Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

4. Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, y en el Tablón de anuncios de este tribunal.

5. Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia, una vez que la misma sea firme.

6. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Badajoz, 11 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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