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Documento BOE-B-2012-25522

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2012, páginas 34414 a 34414 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25522

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 111 edificio C, 12.ª planta.

Numero de Asunto.-Concurso voluntario 351/12 4.ª

Tipo de concurso.-Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.-Talleres construcción Kappa Metal, S.L., B-63074512

Fecha del auto de declaración.-31 de mayo de 2012.

Administradores concursales.-D. Luis Mir Pardo, con NIF 37274455-B, domiciliado en C/ Travesera de Gracia, 68-70, 1.º 3.ª, de Barcelona, como abogado,con correo electrónicoluismir@icab.es, y con teléfono 932374201

Forma de presentación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento de acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos: La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un peligro especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 31 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.

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