Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-25527

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2012, páginas 34419 a 34419 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25527

TEXTO

Doña Natalia Ramos Laín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 844/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso volutario 844/2011, sección C4.

Entidad concursada: Promotora Grausco, S.L., con CIF n.º B62027701.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del auto de declaración: 20/02/2012.

Administrador/es concursales: Don Francisco Javier Barrado Conti (Auditor), como administrador concursal único, con correo electrónico fjb@avrp.es

Facultades del concursada: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 10 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid