De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común ("BOE" núm. 285 de 27 de noviembre), por la presente comunicación se notifica la resolución formulada en el procedimiento sobre el aprovechamiento de aguas que a continuación se relaciona, al no haber sido posible su notificación personal por desconocerse el último domicilio del interesado, o bien, intentada ésta, no se ha podido practicar. La resolución en esencia, declara extinguida la concesión otorgada el 23/10/2006, a la mercantil Golf Torre de Rame, S.L., y al Ayuntamiento de Los Alcázares.
De conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la citada Ley 30/1992, la notificación de resolución podrá ser recogida por el interesado, o su representante legal acreditado documentalmente, durante un mes, en la oficina de este Organismo, sita en Calle Mahonesas, n.º 2, 1.ª planta, Murcia, teléfono 968-35.88.90, citando la referencia del expediente.
Contra la correspondiente resolución los interesados pueden interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Confederación Hidrográfica en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma con jurisdicción sobre el lugar de su domicilio.
EXPEDIENTE |
TITULAR |
T.M./PROVINCIA |
Oficio a notificar |
CSR-61/05 |
Golf Torre de Rame, S.L. y Ayuntamiento de Los Alcázares. |
Los Alcázares (Murcia) |
Resolución de caducidad de concesión de aguas superficiales de drenaje para riego del campo de golf municipal "Torre de Rame" y zonas verdes asociadas (T.M. Los Alcázares) |
Murcia, 19 de julio de 2012.- El Comisario de Aguas, José Carlos González Martínez.
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